Después de la pandemia, el teletrabajo se ha convertido en una práctica habitual en el ámbito laboral actual. Un modelo híbrido que combina días en la oficina con trabajo desde casa es ahora la norma en muchos lugares, no solo en el mundo de los negocios sino también en departamentos gubernamentales. Sin embargo, la normativa no siempre es clara, y la confusión persiste y genera preguntas como las siguientes:
¿Quién debe imponer las normas? ¿El empleador o el empleado? ¿Debería
el contrato ser objeto de negociación entre ambos?
¿Cuántos días se le debería permitir a un empleado trabajar desde casa?
¿Puede un empleador insistir en un regreso del 100% al
lugar de trabajo (la presencialidad total)?
La ley, que ha entrado en vigor recientemente, intenta abordar tales
cuestiones estableciendo los siguientes requisitos:
- El teletrabajo debe ser voluntario y
acordado por la empresa y el empleado.
- Una empresa no puede obligar a un empleado
a teletrabajar o a volver a la oficina sin acuerdo.
- El empleado puede pedir un puesto
presencial en la oficina.
- Si la empresa necesita que un empleado
vuelva por motivos económicos u organizativos, debe seguir un proceso
legal muy específico.
Negociar estos requisitos legales y cumplir con la ley
al pie de la letra es más fácil decirlo que hacerlo. A pesar de esto, es un
buen intento por aclarar la situación.
¿Pero qué pasa con los funcionarios públicos? En este sector se
presenta un caso espinoso diferente, ya que trabajar para el ayuntamiento
o el gobierno no es lo mismo que ser empleado de una empresa.
En el Reino Unido, por ejemplo, la situación de los funcionarios de la Oficina
Nacional de Estadística, explicada en el artículo citado a continuación,
es polémica. La negociación me parece poco exigente con respecto a hacer que
los funcionarios regresen a la oficina.
Fuentes:
Adarve y Escudero - Ley de
teletrabajo: cambios en la presencialidad
Civil Service World - ONS staff reach office attendance breakthrough